SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0146/2004-R
Fecha: 04-Feb-2004
I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
La autoridad recurrida, por informe escrito de fs. 133-134, señaló que en el juzgado a su cargo se tramita el proceso civil sobre concurso necesario de acreedores seguido por los recurrentes y otros contra Olga Daza, en el que su antecesor pronunció Sentencia de grados y preferidos el 21 de enero de 1999 a través de la cual declaró probada la demanda, que fue confirmada por Auto de Vista 081/2000 de 16 de febrero de 2000 y siendo declarado infundado el recurso de casación por Auto Supremo 171 de 31 de julio de 2000. En ejecución de sentencia, verificada la primera y segunda audiencia de remate en subasta pública del bien inmueble ubicado en la Av. Arce 2390 Zona Sopacachi, por Auto de 26 de febrero de 2000 se adjudicó el bien a favor de los recurrentes y otros. Expidió el mandamiento de desapoderamiento que no se ejecutó por encontrarse cerrado el inmueble en cuestión, en cuyo mérito libró mandamiento de desapoderamiento con facultades extraordinarias. Por Auto de 2 de octubre de 2003, de conformidad con la SC 1170/2003, encontrándose pendiente de resolver el recurso de alzada que concedió a la demandada Olga Daza respecto al auto que rechazó la nulidad del auto de aprobación del remate, con el propósito de no causar eventualmente un daño irreparable a la parte demandada dejó en suspenso la ejecución del mandamiento de desapoderamiento; por lo que al considerar no haber incurrido en ninguna omisión en la tramitación del proceso, solicitó se declare la improcedencia del recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- 1.2.3. Intervención de terceros interesados
- a)
- b)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- APRUEBA