Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2004-R
Fecha: 11-Feb-2004
II.2.
II.2.Mediante notificación de 8 de julio de 1999 (fs.20 vta.), el Oficial de Diligencias del Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil de Cochabamba, citó por cédula al actor pegando copia de ley en su domicilio sito en “Villa Sebastián Pagador”, calle innominada sin número, “Valle Hermoso”, en presencia de testigo, que en los hechos resulta ser el mismo domicilio señalado en el contrato.