SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2004-R
Fecha: 11-Feb-2004
III.3.
III.3.En el presente caso, del cuaderno procesal remitido a este Tribunal se evidencia en forma incontrastable que el presunto acto ilegal que acusa el recurrente contenido en la notificación con la demanda y sentencia, dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Mercantil, han acontecido el 8 de julio de 1999 y el 28 de marzo de 2000 respectivamente, en tanto que la apelación que interpuso el actor data de 18 de abril de 2000, que conforme informó la autoridad recurrida la sentencia fue declarada ejecutoriada al haebr sido apelada extemporáneamente pues fue presentada después de 20 días de su notificación, luego, el 25 de septiembre de 2003, el recurrente solicita nulidad de obrados dentro del referido proceso aduciendo vicios de nulidad, es decir después de más de tres años de haberse emitido las resoluciones y determinaciones que se pretende anular.