Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0208/2004-R
Fecha: 12-Feb-2004
II.3.
II.3. El Juez Instructor Mixto de Guayaramerin, en suplencia legal del Juez Cautelar, en virtud del requerimiento fiscal de fs. 2 refrendado por otro de fs. 4, el 31 de julio de 2003 emitió mandamiento de allanamiento y requisa (fs. 6) del domicilio ubicado sobre la calle “1 de Mayo” entre las calles “Tarija” y “Julio Vieira” de propiedad del representado del recurrente por “tenerse fundadas razones que el motorizado señalado se encontraría en dicho domicilio” y disponiendo la requisa de tal vehículo; a realizarse en horas hábiles de 7 a.m. a 19 p.m., con una vigencia de 96 horas, conforme se tiene ordenado por Auto de la fecha.