SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0216/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0216/2004-R

Fecha: 11-Feb-2004

III.2

III.2      En la problemática que se analiza, este derecho fundamental ha sido vulnerado por la autoridad judicial recurrida, quien desde el 5 de noviembre de 2003 no dio cumplimiento a lo dispuesto por el ad quem, de dar curso a la medida precautoria solicitada por la recurrente, a pesar de que ésta observó las formalidades señaladas por el art. 611 del Código de Procedimiento Civil (CPC), habiendo librado el mandamiento correspondiente recién el 21 del mismo mes y año, sin que se haya ejecutado el mismo como estaba previsto para el 22 de noviembre, no siendo óbice para ello que haya dictado sentencia en el proceso, puesto que dicho fallo aún no se encuentra ejecutoriado; omisión con la que además se ha lesionado el derecho a la seguridad jurídica entendida “como la garantía de la aplicación objetiva de la Ley, de tal modo que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de las autoridades pueda causarles perjuicio” (SC 287/1999).