Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2004-R
Fecha: 12-Feb-2004
I.2.2.
El Juez Séptimo de Partido en lo Penal en el escrito de fs. 41 señala: el recurrente respecto a su inasistencia a la audiencia de debate de 8 de abril de 2003, ya formuló un incidente de nulidad de obrados el 24 de noviembre, con los mismos argumentos del hábeas corpus, el que fue rechazado por su autoridad mediante Resolución de 4 de diciembre de 2003, la cual fue apelada por el imputado, por lo que este recurso no tiene sino un afán dilatorio, al encontrarse el proceso en estado de dictarse sentencia.