SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0232/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0232/2004-R

Fecha: 18-Feb-2004

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 21 de octubre de 2003 (fs. 183 a 184 vta.), la recurrente manifiesta que dentro del proceso interdicto de recobrar la posesión que siguió contra Nerio Céspedes Salazar, Estela Velasco y Nery Céspedes, el 28 de mayo de 2003, el Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil y Comercial dictó Sentencia, declarando probada en parte su demanda, manteniendo en posesión a los arbitrarios ocupantes de una habitación dentro de su terreno, razón por la que interpuso recurso de apelación, el cual fue resuelto por el Juez recurrido mediante Auto de Vista de 14 de agosto de 2003 que revocó la Sentencia y declaró probada la demanda, ordenando a los demandados le restituyan el inmueble en su integridad, dentro de tercero día desde su legal notificación, bajo prevención de desapoderamiento más el pago de daños, perjuicios y costas, concluyendo de ese modo su competencia; sin embargo, atendiendo la solicitud de complementación y enmienda formulada en forma extemporánea por el co-demandado Nery Céspedes, el 2 de octubre de 2003 dictó Auto complementario en el que afirmando que no valoró la prueba presentada de contrario -no obstante que la misma ni siquiera se apersonó- revocó el Auto de Vista de 14 de agosto de 2003, disponiendo se mantenga la ocupación física de la habitación por Nery Céspedes, quien ni siquiera vive en la misma ya que está ocupada por sus padres, quienes desistieron de cualquier recurso.