SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0242/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0242/2004-R

Fecha: 20-Feb-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 8 de enero de 2004, cursante de fs. 43 a 46 vta., el recurrente asevera que el 12 de junio de 2003, los representantes de la empresa AGRIPAC Ltda. presentaron querella contra su representado ante la autoridad demandada, por los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza, convocando a audiencias de conciliación que no prosperaron. El 4 de agosto de 2003 los querellantes ampliaron la querella contra Higinio Villarroel Terán, en cuyo mérito el demandado señaló nueva audiencia para el 26 de agosto de 2003, a la que su representado no asistió, ante lo cual  la autoridad judicial fijó nuevas audiencias de conciliación el 6 y 19 de noviembre de 2003, cuando el procedimiento señala claramente que el juez debe ordenar la prosecución de la causa, al ser voluntaria la asistencia a una audiencia de conciliación.

Después de un largo período de inactividad procesal, el 12 de noviembre de 2003 notificaron a su representado para otra audiencia de conciliación mediante un despacho instruido en el que no se transcribió la ampliación de querella y el respectivo Auto y que incluyó un mandamiento de comparendo que no correspondía; hasta que por Resolución de 20 de noviembre de 2003, el Juez recurrido ordenó su aprehensión, la misma que ha tratado de ser enmendada el 8 de enero de 2004, dejando sin efecto la orden emitida contra el otro imputado, pero no la orden de aprehensión contra su representado, que puede ser aprehendido en cualquier momento, razón por la cual recurre de hábeas corpus.