SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0257/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0257/2004-R

Fecha: 20-Feb-2004

I.2.2 Informe de la autoridad recurrida

La autoridad judicial demandada informó que la representada de la actora, tenía conocimiento de la existencia de la causa ya que se apersonó ante la autoridad judicial, prestó declaración indagatoria, fue beneficiada con libertad provisional y en ejercicio amplio del derecho de defensa interpuso cuestión prejudicial, sin haber reclamado la falta de notificación legal con la respectiva resolución  

Una vez que abandonó la causa fue nuevamente buscada en el domicilio que ella misma señaló en su declaración informativa policial e indagatoria, según mandamientos de comparendo y de aprehensión, por lo que en aplicación de lo dispuesto por el art. 251 inc. 1) última parte del Código de procedimiento penal de 1972 (CPP.1972), se procedió a citarla por edicto, ante cuyo llamado no acudió por lo que prosiguió la causa, ya que un proceso no puede detenerse por el cambio de domicilio de la querellada que ni siquiera anunció a la autoridad judicial dicho extremo, más si estaba gozando del beneficio de libertad provisional. En el proceso pronunció Sentencia condenatoria y remitió originales al Juzgado de Ejecución Penal para el cumplimiento del fallo pero no emitió mandamiento alguno. Solicitando se declare la improcedencia del recurso, con costas y multa.