SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0257/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0257/2004-R

Fecha: 20-Feb-2004

III.2

   III.2      Respecto a la situación denunciada de falta de defensa técnica durante el plenario, se constata por los antecedentes procesales que ésta asumió defensa durante la tramitación de la instrucción de la causa, pues presentó prueba, constituyó domicilio procesal, solicitó libertad provisional, prestó su declaración indagatoria e incluso opuso cuestión prejudicial de carácter civil la que fue rechazada por el Juez demandado; para posteriormente, una vez regularizado el trámite conforme se señala en el punto precedente, ser declarada rebelde, en cuyo mérito se designó a un defensor oficial que la representara y asumiera defensa. Ello implica en consecuencia que la actora tenía conocimiento material de la existencia del proceso por lo que tenía el deber procesal de hacer un seguimiento del mismo, de manera que al no haberlo hecho ella ha provocado su indefensión, conforme ha sostenido este Tribunal al señalar en la Sentencia Constitucional (SC) 1357/2003-R, de 18 de septiembre, que: “queda establecido de manera inobjetable que la indefensión en proceso, sólo puede ser denunciada y dada por cierta cuando se establece que la parte procesada no ha tenido conocimiento alguno del proceso seguido en su contra, de modo que no podrá alegarse aquélla cuando tuvo conocimiento material de la existencia del proceso e incluso intervino en él presentando memoriales y formulando peticiones inherentes a su defensa.”