AUTO CONSTITUCIONAL 128/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 128/2004-CA

Fecha: 05-Mar-2004

el Reglamento Específico de Administración de Personal,

Irene Laura Acero dentro del proceso disciplinario seguido en su contra, solicita  al Presidente y Miembros del Tribunal Sumariante del Consejo de la Judicatura, promuevan recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el Reglamento Específico de Administración de Personal, con el siguiente argumento: “resulta imposible que un reglamento proyectado con Informe Final por el consultor Lic. Oscar Aguilar O., mal utilizado en el Consejo de la Judicatura Nº 1817, a decir de los artículos “Uno”, “Setenta”, “Ochenta y uno” y “Ochenta y dos” reglamentados con un total de 190 artículos completamente repetitivos e incoherentes, todos los que NO SE ENCUENTRAN EN VIGENCIA POR INCONSTITUCIONALES Y AL TENOR DE LOS ARTS. 3, 22-38, 97 y 98 DEL “REGLAMENTO DE PROCESOS DISCIPLINARIOS DEL PODER JUDICIAL” vigente por Acuerdo Nº 32/2000 del Consejo de la Judicatura de 28-III-2000” (sic).

Por último solicita se admita el incidente, debiendo enfatizarse en que textualmente el art. 98 del Reglamento de procesos disciplinarios del Poder Judicial sostiene que “quedan derogadas todas las disposiciones reglamentarias contrarias al presente reglamento”, por lo que el irregular proceso disciplinario en su contra resulta completamente nulo.