Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0283/2004-R
Fecha: 01-Mar-2004
improcedente
Por Resolución que cursa de fs. 71 vta. a 72, se declaró improcedente el recurso con la siguiente fundamentación: 1) la documentación presentada por la parte recurrida acredita haberse tramitado un sumario informativo interno con conocimiento de la recurrente, y si ese sumario conculcó sus derechos, la vía expedita no es el amparo, sino la judicatura del trabajo; 2) el recurso de amparo procede cuando no hay otro medio inmediato a su alcance para reparar la omisión o la infracción a la ley que vulnere las garantías constitucionales; 3) las personas demandadas no han incurrido en la infracción que se les acusa.