SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0309/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
III.3
III.3 Por consiguiente, la actora no aguardó un plazo razonable para que las autoridades jerárquicas absuelvan su impugnación, por lo que se considera que su reclamo está aún en trámite. Por otra parte, tampoco demostró haber agotado los medios o instancias reconocidas por ley con carácter previo a interponer el presente recurso de amparo constitucional, que no es un instrumento alternativo o sustitutivo de otros medios o recursos que franquean las leyes para la protección de los derechos que se consideran vulnerados, sino, por el contrario, es un mecanismo subsidiario, es decir que el recurso planteado sólo puede ser interpuesto cuando se han agotado todos los recursos o cuando el que franquea la ley no presta con inmediatez y efectividad la protección requerida ante un daño inminente e irreparable. Así lo ha declarado la jurisprudencia constitucional trazada en las SSCC 1638/2003-R, 1588/2003-R, 1095/2003-R, 959/2003-R, 893/2003-R y 855/2003-R, -entre otras-.