Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0322/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
Fragmento 8
El actor arguye que, en su condición de interno del Penal de San Pedro de Chonchocoro, fue aislado por orden del Director del mismo sin que exista ningún motivo legal para tal efecto menos se le haya seguido un proceso disciplinario, por lo que se estima indebidamente detenido y procesado. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 CPE.