SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0344/2004-R

Fecha: 16-Mar-2004

III.3.

III.3.   Al ser el presente, un recurso extraordinario y subsidiario, únicamente procede cuando la persona ha agotado todas las vías, instancias y medios que la ley le franquea para  que efectúe sus reclamos, o cuando tales medios no existen  o no le aseguran una protección eficaz e inmediata frente a un daño inminente e irreparable, situación ésta que no se produce en la especie, por cuanto el lanzamiento se  ha ejecutado hace más de cinco meses,  por una parte, y por otra, el recurrente no ha acreditado con la literal correspondiente -cual era su carga-  las reclamaciones que dice haber formulado ante el Juez del proceso, autoridad que es la única competente para disponer, en  primera instancia, lo que fuere de ley, sin que este Tribunal pueda ingresar a dilucidar la problemática referida a los presuntos abusos que se habrían cometido en la ejecución del lanzamiento cuando esos aspectos no han sido reclamados previamente en la instancia correspondiente.