SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2004-R

Fecha: 17-Mar-2004

procedente

La Resolución de 29 de diciembre de 2003 cursante de fs. 74 a 78, declaró procedente el recurso; en consecuencia, dejó sin efecto el Memorando 072/03 de 25 de junio de 2003, disponiendo la restitución inmediata del recurrente a sus funciones y la cancelación de sus haberes devengados, con los siguientes argumentos: a) el recurrente es un funcionario público, sometido a las normas que señalan la Ley SAFCO y el DS 23318-A, según las cuales se le debió instaurar previamente un proceso administrativo interno, de existir causales para ello; por tanto, al prescindir de sus servicios como Jefe de la Unidad jurídica del SEDEGES, se ha cometido un acto ilegal que conculca sus derechos al trabajo, seguridad jurídica y garantía del debido proceso; b) el memorando de despido no tiene ningún antecedente ni justificativo legal, constituyendo un acto administrativo al margen del principio de legalidad; y c) el actor agotó las vías o medios legales para la protección de sus derechos al presentar su reclamo ante el Director de SEDEGES y Prefecto del Departamento, sin haber recibido respuesta.