SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0382/2004-R
Fecha: 17-Mar-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Dentro de la denuncia presentada en la Policía Técnica Judicial (PTJ) por María Tereza Vedia Barrenechea y Maria Teresa Martínez Humqui contra los autores de un robo de dinero y otras especies, el fiscal asignado dispuso el inicio de la investigación dentro de la cual, al ser insuficiente el informe prestado por el investigador Eduardo Cauna, el 13 de de noviembre de 2003, se le concedió a éste, diez días para la investigación de los hechos, identificación de los autores, establecimiento de las especies sustraídas y la toma de declaraciones informativas que, no obstante de no haber sido cumplidas, el 18 de noviembre de 2003, el fiscal hizo la imputación sin que exista ninguna prueba de sus participación en el hecho delictivo denunciado y sin realizar ninguna fundamentación, incumpliendo los arts. 301 y 302 del Código de procedimiento penal (CPP), alejándose del principio de objetividad que señala el art. 5 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), además de ver por estas causas limitada su defensa.