SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0387/2004 - R
Fecha: 17-Mar-2004
II.1
II.1 El 20 de junio de 2002, en el proceso coactivo civil seguido por el Banco Ganadero S.A. contra José Jorge Luis López Martínez por cobro de $US 107.000.-, el Juez recurrido dictó la Sentencia de 22 de junio de 2002, declarando probada la demanda y disponiendo el cumplimiento de la obligación por parte del actor de cancelar la suma demandada más intereses convenidos y costas judiciales en el plazo de tres días y sea bajo prevenciones de embargo (fs. 68 a 70); una vez rechazadas las excepciones opuestas por el actor, y al no haber cumplido con la obligación, por Auto de 23 de abril de 2003, el Juez demandado adjudicó el inmueble y sus mejoras, de propiedad de José Jorge Luis López Martínez, a favor del acreedor Banco Ganadero S. A. en el 80% de la última base, en la suma de $us92.100.-, que fue objeto de garantía hipotecaria en el proceso coactivo civil cuestionado (fs. 71 a 159 vta.).