SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0414/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
I.2. Resolución que rechaza el recurso
Por auto de 8 de enero de 2004, presentado que fue el recurso de amparo, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte del Distrito Judicial de La Paz, rechaza el recurso en consideración a que su fundamento es el haberse vulnerado el derecho a la libertad, por lo que la vía prevista en el art. 19 de la CPE no es aplicable para la tutela en el caso planteado por cuanto su objeto específico es la restitución o reestablecimiento de los derechos fundamentales y garantías de las personas cuando los mismos no estén referidos a la libertad física, por cuanto este derecho se encuentra protegido por el recurso de hábeas corpus; además, el recurso no cumple con lo previsto por el art. 97.V de la Ley 1836, Ley del Tribunal Constitucional (LTC).