Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0484/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
En cuanto a la observación de que el recurrente no precisó los derechos y garantías que consideraba vulnerados
En cuanto a la observación de que el recurrente no precisó los derechos y garantías que consideraba vulnerados, se establece que el recurrente dio cumplimiento a ese requisito, pues en el recurso, después de hacer una explicación de los hechos motivantes del mismo, señaló como vulnerado su derecho a la defensa cumpliendo de ese modo con la exigencia del art. 97.IV de la LTC; aspecto que reiteró en el memorial de 15 de enero de 2004.