Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0484/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
III.1
III.1 El art. 97 de la LTC enumera con precisión los requisitos de forma y contenido que se deben cumplir a tiempo de presentar un recurso de amparo constitucional, por cuanto del cumplimiento de los mismos depende que tanto el Tribunal de amparo como este Tribunal, en revisión, puedan compulsar tanto la legitimación de las partes como los hechos reclamados, sobre la base de criterios objetivos.