Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0488/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia resolución que declara improcedente con el fundamento de que los hechos denunciados no pueden ser atendidos en la vía del recurso de amparo por cuanto el recurrente tiene expeditas las vías para hacer reclamaciones por los presuntos hechos ilegales mediante acción ya sea civil o penal, con costas y sin lugar a la multa.