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    AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2004-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2004-O

    Fecha: 22-Abr-2004

    NO HA LUGAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts 19.IV y 120.7ª de la Constitución Política del Estado, 102.V de la Ley del Tribuna Constitucional, declara NO HA LUGAR al haberse verificado el cumplimiento a la SC 0956/2003 de 8 de julio de 2003, que dispuso la nulidad de la Ordenanza Municipal 2939/2002 de 10 de diciembre.

    • dentro del recurso de amparo constitucional
    • I.  CONTENIDO DE LA DENUNCIA
    • II.  FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • tal como acredita el actuado de fs. 163 y que por lo mismo, al presente, se halla cumplida la sentencia, por lo que no hay nada que motivar,
    • NO HA LUGAR

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