AUTO CONSTITUCIONAL 202/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 202/2004-CA

Fecha: 01-Abr-2004

rechazan el incidente

El Presidente y vocales que conforman la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito de La Paz, por Resolución 002/2004 de 17 de febrero de 2004, rechazan el incidente en consideración a que el proceso penal dentro del que se interpuso el incidente, al haber sido iniciado con anterioridad al 1 de junio de 1999, debe continuar tramitándose por ante el Tribunal que conoció antes de la Sentencia Constitucional 038/2000, de conformidad a lo establecido por la Disposición Transitoria Primera del Código de Procedimiento Penal, Ley 1970. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), es elevada en consulta ante este Tribunal.