SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0494/2004-R
Fecha: 07-Abr-2004
procedente
La Sentencia cursante de fs. 40 a 42 vta., pronunciada el 26 de enero de 2004, por el Juez de Partido de Punata, Cochabamba, declaró procedente el recurso, ordenó sean abiertas las puertas del Municipio de Villa Mendoza-San Benito, condenó a los recurridos al pago de daños y perjuicios que serán calculados conforme dispone el art. 102.VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) pagados a prórrata, sin lugar a responsabilidad penal; con el fundamento de que corresponde otorgar protección inmediata, toda vez que los demandados cerraron ilegalmente el edificio municipal que cumple funciones de servicio público, arrogándose atribuciones que no les competen, ya que la suspensión temporal o definitiva de las autoridades municipales es facultad exclusiva del Concejo Municipal.