Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0626/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
II.4.
II.4. El 8 de noviembre de 2003, el Juez recurrido, dictó el Auto 233, por el que, dando aplicación a las normas previstas por los arts. 146 de la LEPS y 48.3 de su Reglamento dispuso el traslado del recurrente, decisión que fue confirmada en apelación por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de Oruro el 5 de diciembre de 2003 (fs. 29-40, 48-49).