SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0645/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0645/2004-R

Fecha: 28-Abr-2004

III.3

III.3   En el presente caso, el recurrente no ha cumplido con el requisito de contenido establecido en el art. 97.IV de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) pues no ha precisado ni identificado claramente los derechos fundamentales que considera restringidos, suprimidos o amenazados con los antecedentes fácticos que señala, siendo así que deben observarse obligatoriamente los requisitos de forma y contenido mencionados en el art. 97 de la LTC por cuanto resultan imprescindibles para analizar la problemática planteada. La omisión señalada, en consecuencia, determina la improcedencia del recurso e impide conocer el fondo. En el mismo sentido se tiene la SC 1501/2003-R, de 24 de octubre.