SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0703/2004-R
Fecha: 11-May-2004
Fragmento 12
La recurrente denuncia la vulneración de sus derechos a la defensa, seguridad jurídica y al debido proceso, al considerar que dentro del proceso administrativo seguido en su contra se han cometido una serie de ilegalidades, alegando que, por un lado, el Prefecto recurrido designó a la autoridad sumariante con posterioridad a la denuncia presentada en su contra y al propio hecho de la causa y no así en la primera semana hábil del año; por otro lado, la autoridad sumariante co-recurrida, dispuso indebidamente el cambio de sus funciones, impidiéndole asumir defensa, y sin estar comprendida en las causales previstas por los arts. 3 y 4 de la LAPCAF, se allanó a la recusación interpuesta por la parte denunciante. Finalmente, habiendo denunciado las referidas actuaciones ilegales ante el nuevo sumariante, éste las rechazó indebidamente. En consecuencia, corresponde dilucidar si en el caso presente se debe otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.