SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0769/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0769/2004-R

Fecha: 17-May-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 3 de abril de 2004 (fs. 14 a 16), el recurrente expresa que el 1 de julio de 2003, el Ministerio Público le inició investigación por supuestos delitos incursos en la Ley 1008, y vencidos los seis meses de la etapa preparatoria, el Fiscal de Materia pidió su ampliación que la Jueza recurrida le concedió por un mes más, es decir hasta el 2 de febrero del año en curso. Como quiera que dentro del plazo legal el Fiscal no formuló acusación en su contra, el 4 de febrero solicitó la extinción de la acción penal conforme al art. 134 del Código de procedimiento penal (CPP), situación que dio lugar a que la Jueza recurrida conmine al Fiscal de Distrito para que presente acusación en el plazo de cinco días, plazo que el Fiscal de Distrito dejó vencer sin presentar nada, siendo lo más notable que el Fiscal de Materia, creando su propio procedimiento y en forma extemporánea, formuló acusación en su contra por el supuesto delito de transporte de sustancias controladas, el 18 de febrero de 2004, siendo toda su actuación nula de pleno derecho de acuerdo al art. 31 de la Constitución.

Sin embargo, la Jueza recurrida, a pesar de que es de su conocimiento que ninguno de los dos fiscales formularon acusación en su contra dentro del plazo de ley, no declaró extinguida la acción penal mediante resolución, como determina el art. 134 del CPP, estando por tal razón indebida e ilegalmente detenido, procesado y preso, motivo por el cual plantea el presente recurso.