SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0783/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0783/2004-R

Fecha: 21-May-2004

1)

La Fiscal Doris Rivero Urrutia, en el escrito de fs. 5 a 6, señala: 1) a horas 18:00 de 4 de marzo de 2004 el investigador de la Unidad de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura sentó denuncia en contra del representado del recurrente, quien el mismo día fue aprehendido y conducido a la PTJ al ser sorprendido en flagrancia hurtando un expediente del Juzgado Sexto de Partido en lo Civil que corresponde al proceso ordinario seguido por Humberto Monasterio Iglesias contra la empresa “Metal Oro”; 2) la auxiliar del juzgado a tiempo de registrar las causas que se le entregaron, se percató de la falta del referido expediente, por lo que de inmediato se dirigió a las oficinas del representado del recurrente, quien momentos antes preguntó por el mismo y se prestó un periódico, dentro del cual fue encontrado el expediente, aduciendo el indicado que se había entrepapelado; 3) el representado del recurrente era auxiliar del Juzgado Onceavo de Partido en lo Civil y fue destituido mediante Resolución 13/2004 de 12 de febrero del Consejo de la Judicatura por falsificar la firma del Oficial de Diligencias, 4) a horas 20:00 del mismo día de su detención se recibió su declaración informativa en presencia de su abogado, luego la Fiscal Marina Flores Villena ordenó su arresto para ser puesto a conocimiento del Juez Instructor de Turno; 5) su autoridad en reemplazo del Fiscal Romay Cavero imputó formalmente al representado del recurrente por hurto agravado, siendo puesto a conocimiento del Juez Instructor dentro las 24 horas solicitando su detención preventiva.

El Juez Segundo de Instrucción en lo Penal en el escrito de fs. 18 a 20 indica: 1) el 5 de marzo por ante su Juzgado, el Ministerio Público formuló imputación formal en contra del representado del recurrente, por lo que a solicitud Fiscal y existiendo los requisitos previstos por  el art. 233 del Código de Procedimiento Penal (CPP) dispuso su detención preventiva; 2) la mañana de hoy (día de la audiencia) se llevó a cabo otra audiencia de hábeas corpus planteada también en representación de Hans Alfredo Bury Saavedra por el mismo hecho y contra las mismas autoridades, donde el formato de la demanda, fundamentación y solicitud son idénticos y que fue declarado improcedente. Asimismo, existe otro recurso con las mismas características presentado ante la Sala Social y Administrativa, cuya audiencia está señalada para horas 15:30 del día de hoy (día de la audiencia).