Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0783/2004-R
Fecha: 21-May-2004
Fragmento 11
El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, ha establecido que cuando exista identidad de sujeto, objeto y causa en la tramitación de un recurso con otro anterior, no corresponde su consideración en el fondo por cuanto se incurriría en duplicidad de fallos. Así la SC 867/2001-R de 20 de agosto, indica que: “El caso de autos tiene identidad de sujeto, objeto y causa con el Recurso de Hábeas Corpus que tiene tramitado el recurrente con anterioridad, (…). Que esta situación impide al Tribunal Constitucional pronunciarse sobre el fondo de este Recurso, pues incurriría en duplicidad de fallos respecto a un mismo asunto”.