SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0806/2004-R
Fecha: 26-May-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 3 de marzo de 2004 (fs. 22 a 25) el recurrente arguye que el 4 de septiembre de 2001 adquirió de Florencio Sánchez Cruz un lote de terreno de 13.426 m2 intitulado “Thiumayito”, parte integrante del barrio “San José del Bañado, cantón Sauces, provincia Hernando Siles del departamento de Chuquisaca, incluyendo como mejoras y obras civiles diversas construcciones y corrales que prestaban los servicios de centro de acopio y de pesaje de animales para su extracción hacia los centros de consumo desde hace muchos años atrás.
Expresa que ante la presentación de la fiebre aftosa en el ganado del país, a solicitud expresa de los representantes del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG), el Concejo Municipal mediante Ordenanza 20-03 de 24 de julio de 2003 determinó notificar a todos los propietarios comercializadores de ganado, sobre la obligación que tenían de proceder al retiro de todas sus instalaciones construidas dentro del radio urbano de Monteagudo, con la prevención de que el incumplimiento a dicha ordenanza daría lugar a sanciones por desacato.
Refiere que frente a tal decisión, sin resolución expresa o trámite previo ante el Municipio, procedieron a clausurar ilegalmente el centro de acopio “La Confianza”, siendo vanos los esfuerzos y súplicas que realizó ante el Gobierno Municipal solicitando medidas preventivas o se le otorgue un plazo prudencial para trasladar ese centro a otro lugar, ocasionándole un perjuicio económico considerable que se agravó con la inhabilitación del ingreso y salida de dicho centro, ejecutada con un tractor “oruga”, con lo cual el Ejecutivo Municipal adecuó su conducta a abuso de autoridad, incumplimiento de deberes, desobediencia a la autoridad y daño calificado.