Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0907/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
II.2.
II.2. Sin constar en obrados la citación personal o por cédula al recurrido con la demanda de amparo y auto admisorio, el Tribunal de Amparo señaló audiencia para el 5 de abril del 2004, determinación con la que, según la diligencia, se notificó al recurrido dejando copia de ley en su domicilio señalado, sin la constancia de la participación de testigo presencial en dicha diligencia (fs. 64 y 65).