SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0930/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0930/2004-R

Fecha: 15-Jun-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente señala que siendo miembro de la Policía Nacional Boliviana, con el grado de Capitán, a raíz de una fuga, el Comando de la Policía Nacional dispuso su remisión a la justicia ordinaria para que asuma defensa, razón por la que se dispuso su baja de la institución del orden, sin dar cumplimiento al Reglamento de la Policía Boliviana, porque en ningún momento se le instauró proceso disciplinario, sometiéndole así a la justicia ordinaria, donde después de varios años se le favoreció con una Sentencia absolutoria, que fue confirmada por Auto de Vista 233/98 dictado por la Sala Penal Primera, además que la Corte Suprema de Justicia dictó el Auto Supremo 174 de 13 de marzo de 2001, declarando infundados los recursos de casación interpuestos; en ese marco, al haberse demostrado su inocencia, solicitó al Comando General de la Policía Nacional proceda a su reincorporación, además del pago de sus haberes devengados y demás beneficios, a cuya consecuencia, se emitió la Resolución 45/2003 de 27 de mayo, emanada del Tribunal Disciplinario, dando su conformidad para su rehabilitación para su reincorporación, en aplicación del art. 135 del Reglamento de Disciplina y Sanciones; sin embargo, no obstante las reiteradas peticiones de reincorporación, hasta la fecha no obtuvo respuesta alguna, causándole perjuicios económicos y familiares; restringiendo y suprimiendo así sus derechos al trabajo y a una remuneración justa. Corresponde en consecuencia, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.