0949/2004-R, de 17 de junio.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0949/2004-R, de 17 de junio.

Fecha: 01-Jul-2004

3.

3.   En el caso que se examina, de antecedentes y fundamentalmente los informes prestados por las autoridades recurridas, se tiene establecido que en el momento en el que Víctor Condori Colque fue aprehendido por funcionarios antinarcóticos por estar presuntamente involucrado en actividades de narcotráfico y a tiempo de prestar su declaración informativa manifestó tener la edad de 17 años, quien en el desarrollo de todo el proceso estuvo asistido por un abogado defensor; sin embargo, ninguno de ellos, advirtió a las autoridades judiciales -hoy recurridas-,  sobre la minoridad; prueba de ello, es que inclusive, el nombrado abogado a tiempo de plantear el recurso de apelación restringida contra la Sentencia condenatoria pronunciada, se limitó a expresar que su defendido en todo caso cometió el delito de tentativa de transporte y no delito consumado, sin hacer referencia en absoluto, sobre la minoridad; lo propio ocurrió, cuando se presentó el recurso de casación ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia; asimismo, se establece que la madre del referido sindicado, en los aproximadamente dos años que duró el proceso penal, en momento alguno hizo conocer a las autoridades competentes que su hijo era menor de edad; contrariamente, ésta hace su aparición después de que su hijo fue sentenciado y condenado a ocho años de presidio por la comisión del delito de narcotráfico; siendo así que de acuerdo al art. 32 del CNNA, su obligación era cuidar y proteger a su hijo al tener conocimiento del proceso que se le seguía y  en su caso, asumir defensa por él, por cuanto el legislador ha establecido como un requisito de validez la participación de los padres como una forma de protección efectiva al menor, extremo que no aconteció.