Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2004-CDP
Fecha: 06-Jul-2004
I.2.
I.2. Por Auto de 19 de febrero de de 2004, el Tribunal de amparo abrió el término probatorio de ocho días para proceder a la calificación de daños y perjuicios (fs. 87 vta.), pero posteriormente, a través de la Resolución de 16 de junio de 2004, el mismo Tribunal rechazó la solicitud de calificación de daños y perjuicios por cuanto la Resolución 202/2003, aprobada en parte por el Tribunal Constitucional, no determinó responsabilidad civil, sino sólo la aplicación de una multa de BS300.-, que ya fue purgada.