AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2004-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2004-CDP

Fecha: 23-Jul-2004

I.1.

I.1.    Por memorial de 13 de abril de 2004, el recurrente solicitó que se proceda a la facción de la planilla de costas, y asimismo se regule el honorario profesional del abogado patrocinante (fs. 227), habiéndose calculado las costas procesales en la suma de Bs70,50.- y regulado el honorario del abogado en la suma de Bs2.000.- (fs. 227 vta. y 228), montos que al no ser observados, fueron aprobados por Auto de 14 de mayo de 2004 (fs. 235 vta.).