Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2004-ECA
Fecha: 16-Jul-2004
II.1.
II.1. Respecto de la solicitud de aclaración formulada en el memorial presentado por el recurrente, sobre el origen de la norma prevista por el art. 70 del Código Civil (CC), al no haber sido elevada a rango de Ley, el fundamento III.2.1 de la Sentencia Constitucional cuya aclaración se solicita, es claro y explicito al respecto.