Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En revisión la Resolución 12/2004 de 30 de abril de 2004, cursante de fs. 38 a 40 vta.vta., pronunciada por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, dentro del
Fecha: 06-Jul-2004
II.3.
II.3. La Directora de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia recurrida, suscribió con el cónyuge de la recurrente el acta de guarda temporal 012/2004, de 23 de abril, en la cual expresa que éste asume la guarda temporal del menor y que la Defensoría de la Niñez y Adolescencia interviene a fin de evitar conflictos posteriores, en interés del niño, indicando en la cláusula tercera que ambas partes en conformidad suscriben el documento y que el compromiso es válido a partir de esa fecha (fs. 9).