En revisión la Resolución 12/2004 de 30 de abril de 2004, cursante de fs. 38 a 40 vta.vta., pronunciada por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, dentro del
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 12/2004 de 30 de abril de 2004, cursante de fs. 38 a 40 vta.vta., pronunciada por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, dentro del

Fecha: 06-Jul-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente denuncia la vulneración de su derecho a tener la guarda de su hijo menor de edad, y a  la garantía del debido proceso, en razón a que la Directora de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, sin ninguna competencia, a través de un Acta suscrita por ella y su cónyuge, otorgó a éste la tenencia temporal de su hijo, dando lugar a que pretendiendo su cumplimiento, las funcionarias co-recurridas tanto de la Defensoría como de la Brigada de Protección a la Familia, hayan ingresado en el domicilio de sus padres, sin ninguna orden de autoridad competente, logrando que con engaños su esposo, también recurrido, se lleve a su hijo, al que desde esa fecha no ha visto. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 de la CPE.