SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0789/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0789/2005-R

Fecha: 14-Jul-2004

II.4.

II.4. Además de las causas de rechazó que se han evidenciado en los dos recursos acumulados, se constata que los mismos han sido formulados con identidad de sujetos, objeto y causa, es decir que, al habérsele rechazado el primer recurso, el recurrente planteó otro, en el que repitió las mismas falencias y errores en cuanto a los requisitos de forma y contenido de la demanda de amparo, al margen que no aguardó la decisión del Tribunal Constitucional en revisión, de modo que se constata una actuación maliciosa y temeraria del abogado patrocinante, que es el mismo en ambos casos, lo que amerita la remisión de antecedentes al Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de La Paz para que estudie la situación y determine lo que en Derecho considere conveniente.