SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1028/2004-R
Fecha: 06-Jul-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 13 de mayo de 2004, cursante de fs. 8 a 11 de obrados, el recurrente asevera que el 13 de marzo de 2003, su representado fue detenido junto con otras personas en inmediaciones de la carretera San Matías-San Ignacio en un operativo realizado por la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico (FELCN), en circunstancias en que transportaban cocaína dentro de sus organismos, siendo luego conducidos al cuartel de Unidad Móvil de Patrullaje Rural (UMOPAR), donde el Fiscal recurrido recibió la declaración informativa policial de su representado, momento en el que le dio a conocer que era menor inimputable al tener 15 años de edad; pese a ello, el recurrido contraviniendo los arts 4, 5, 214, 221, 223 del Código del niño, niña y adolescente (CNNA), 5 del Código penal (CP) y 72 del Código de procedimiento penal (CPP), presentó imputación formal en su contra por el delito de transporte de sustancias controladas y solicitó su detención preventiva, sin considerar la presunción de minoridad, la inimputabilidad de su representado y que el hecho ocurrido era de competencia del Juez de Partido del Niño, Niña y Adolescente.
Posteriormente, su mandante fue remitido ante el Juez de Instrucción Mixto de San Matías, quien ordenó su detención preventiva de manera ilegal en el Centro de Rehabilitación de Palmasola, sin tomar en cuenta su minoridad y sin considerar que en dicha audiencia no fue asistido por un abogado, dejándolo en indefensión. Además de lo alegado, el recurrido presentó el 13 de enero de 2004, el pliego acusatorio, ante el Tribunal de Sentencia, por lo que su representado será indebidamente procesado, quien se encuentra detenido de manera ilegal por más de quince meses, dilación que no puede salvarse con la excusa de que el menor no porta documento de identidad.