Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1068/2004-R
Fecha: 06-Jul-2004
II.3.
II.3. Por memorando 320/03 de 24 de diciembre de 2003, Gerencia General le comunicó que habían prescindido sus servicios, “debido a los antecedentes registrados el 22 de diciembre del año en curso” (sic) (fs. 2). Sin embargo, consta en otro memorando con el mismo número y fecha (fs. 44), que se procedió a su despido definitivo por haber “transgredido la normatividad legal y jurídica, relacionada a la infidencia, suplantación de instrucciones, alteración documentaria y no registro de correspondencia institucional, relativos a su correspondencia y relacionados a los de la Empresa” (sic).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- ,
- Fragmento 17
- APROBAR