SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1077/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1077/2004-R

Fecha: 12-Jul-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el escrito presentado el 18 de mayo de 2004 (fs. 50 y 51 vta.), el recurrente aduce que  después de más de 10 años que Ewaldo Fischer Albuquerque fue Gerente de la  Sociedad  Industrial Textil “Grigotá” S.A. de la que es socio,  y aprovechando su condición de pariente (sobrino),  realizó trámites sin dar cuenta a los accionistas, y pidió un empréstito para el que le entregó sus títulos accionarios; empero, luego de transcurrido el tiempo y de gastar más de cien mil dólares americanos en viajes y más de cuarenta y cuatro mil euros, con dinero de la sociedad, no consiguió nada, al margen que en enero de 2004 no quiso presentar el balance en la Junta General de Accionistas. En febrero descubrió que el mencionado había recibido en forma personal dos cheques por 4 y 7 millones de euros, respectivamente, por lo que formalizó querella criminal por estafa, apropiación indebida, y otros. Entonces, el nombrado, Ewaldo Fischer formuló querella en su contra por el presunto delito de difamación. Ante ello -explica- planteó excepción de falta de acción y litispendencia, pero el Juez recurrido, sin considerar que las excepciones son de previo y especial pronunciamiento, en 2 de abril de 2004 dispuso que debe plantearlas en forma oral en el juicio, soslayando lo previsto por el art. 326.2 del Código de procedimiento penal (CPP), que le faculta a presentarlas antes.