Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1077/2004-R
Fecha: 12-Jul-2004
III.2.
III.2. En el caso sometido a examen, en ninguna parte del cuaderno procesal enviado a este Tribunal existe indicio, menos prueba alguna, que permita entender que la libertad de locomoción del recurrente está siendo amenazada, restringida o suprimida; así como tampoco el actor ha alegado en su demanda, ni en audiencia, estar detenido, o que existe algún mandamiento destinado a restringir su libertad física ni de qué manera los actos acusados de ilegales repercutirían negativamente contra ese derecho.