Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1083/2004-R
Fecha: 13-Jul-2004
improcedente
Por Resolución cursante de fs. 253 a 256, el Tribunal de amparo declaró improcedente el recurso contra el alcalde municipal Juan Fernando del Granado Cosío, por no ser parte, y procedente con relación al Director de Gestión de Recursos Humanos, Marco Antonio Saavedra, con los siguientes fundamentos:
En consecuencia, de los datos examinados se concluye en que la situación planteada no se encuentra dentro de los alcances y previsiones del art. 19 de la CPE, de manera que el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente en parte el recurso, no ha valorado correctamente los hechos ni los alcances del citado precepto constitucional.