Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1191/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
III.2.
III.2. En principio, cabe recordar que el recurso de hábeas corpus, protege la libertad de la persona ante actitudes ilegales o arbitrarias de autoridades públicas, preservándola de persecuciones o detenciones que afecten el derecho a la libre locomoción del individuo, entre tanto que aquellos actos ilegales, sea de autoridad pública o de persona particular que vulneren derechos fundamentales, corresponde sean tutelados de acuerdo con el art. 19 de la CPE, ya que el recurso previsto en esta norma permite la protección de esos derechos frente a personas particulares que atenten contra ellos.