I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
Por memorial presentado el 19 de agosto de 2004, el Fiscal General de la República pide aclaración, enmienda y complementación de la SC 1290/2004-R, de 10 de agosto, expresando que en dicho fallo, se anulan obrados hasta el momento en que el Fiscal de Distrito ordene que se proceda a la respectiva investigación en torno a la denuncia formulada por la Aduana Nacional, conforme determina el art. 114 de la L.O.M.P., y con sus resultados, dé cumplimiento al art. 115 de la citada Ley.
Indica que la mencionada SC no es clara, porque contiene conceptos oscuros, en vista de que el Fiscal de Distrito no puede ordenar investigación alguna, ya que en procesos disciplinarios internos, el Fiscal de Distrito asume el rol de Juez Sumariante y en esa condición no puede ordenar menos realizar actos de investigación que comprometan su imparcialidad, conforme al art. 279 de la Ley 1970, aplicable supletoriamente al amparo del art. 123 de la Ley 2175; por tanto, ese concepto oscuro debe ser aclarado y complementado en las forma establecida por ley.
