SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0092/2004
Fecha: 17-Ago-2004
Fragmento 2
Por memorial presentado el 12 de abril de 2004 ante los Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, cursante de fs. 25 a 28, Rolando Céspedes Gonzáles, representante de la empresa “INSTA METAL” señala que: en el proceso laboral que por pago de beneficios sociales siguió Edil Coria Ribera contra la empresa que representa, el 21 de octubre de 2003 se dictó sentencia en primera instancia declarando probada la demanda, en consecuencia, interpuso el recurso de apelación contra dicho fallo cuyo Auto de Vista fue dictado el 16 de febrero de 2004, confirmando la sentencia apelada, en mérito a ello, el 5 de marzo de 2004, presentó el recurso de nulidad y casación, que le fue concedido mediante Auto de 22 de marzo del mismo año, encontrándose en trámite. En ese contexto, el demandante del proceso social Edil Coria Ribera, al amparo del art. 217 del Código procesal del trabajo (CPT), y art 550 del Código de procedimiento civil (CPC), solicitó la ejecución provisional de la sentencia, cuya audiencia fue señalada para el 13 de abril de 2004, señala que en ese acto, se dará aplicación a la norma contenida en el art. 2 del Decreto Supremo (DS) 21858 de 19 de enero de 1988, en lo que se refiere a la fianza de resultas, tal como sucedió en otros casos.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- Fragmento 2
- I.1.1 Relación sintética del recurso
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Tribunal
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso
- III.3.
- Fragmento 13