SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1235/2004-R
Fecha: 03-Ago-2004
Fragmento 13
De lo expresado se infiere que el Auto de Vista de 18 de marzo de 2004 dictado por los Vocales recurridos que dispone el secuestro del camión y su remate previo avalúo, no viola ningún derecho del recurrente como denuncia, pues no es propietario del indicado motorizado, y tampoco el tercerista le otorgó poder alguno para que actúe en su nombre, razón por la cual es inviable el presente recurso por falta de legitimación activa, que ha sido entendida por este Tribunal en la Sentencia Constitucional (SC) 517/2002-R, de 8 de mayo, como: "una relación directa entre el recurrente y el derecho que se invoca como violado, en función del interés personal que tiene quien pide el Amparo", entendimiento reiterado en las SSCC 1337/2003-R, 1170/20003-R, 979/2003-R, entre otras.